La Audiencia devuelve la causa contra el ex alcalde Martínez Andreo y otros cinco acusados al Juzgado de Instrucción

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El juicio debía haberse iniciado el 4 de febrero, pero la sala ha acordado la nulidad de lo actuado desde el auto de apertura de juicio oral en agosto'2011, después de que las defensas reclamaran que no tenían las grabaciones de los pinchazos telefónicos

La Audiencia devuelve la causa contra el ex alcalde Martínez Andreo y otros cinco acusados al Juzgado de Instrucción

El juicio que debía celebrarse desde el pasado 4 de febrero en la Audiencia Provincial contra el ex alcalde de Totana José Martínez Andreo y otros cinco acusados por diversos delitos en una pieza separada del Caso Tótem finalmente se va a demorar.

Las conclusiones provisionales del fiscal piden para Martínez Andreo penas que suman 8,5 años de cárcel por los presuntos delitos de falsedad, fraude, infidelidad en la custodia de documentos y omisión del deber de perseguir delitos.

Sin embargo, la vista oral fue suspendida el pasado lunes antes de haber llegado en realidad a iniciarse, en el período abierto por el tribunal para plantear cuestiones previas, al ponerse de manifiesto que ninguno de los abogados defensores había tenido acceso a los CD que contienen las grabaciones completas de las conversaciones telefónicas, por más que lo habían solicitado al juzgado. De hecho, la letrada del ex primer edil puso de manifiesto que todas las transcripciones de conversaciones telefónicas obrantes en la causa se referían a llamadas entrantes al teléfono de su cliente y no a las que él efetuaba.

Precisamente, la abogada del ex regidor argumentaba la existencia de una llamada realizada desde el teléfono de éste al oficial de la Policía Local previa a la realización de uno de los supuestos delitos, el de sacar un atestado policial de alcoholemia del juzgado. Esta llamada, que los abogados de Martínez Andreo entienden que sería “prueba de descargo” para su cliente, señalan que no aparece en las transcripciones de los agentes. La abogada explicó que se solicitó hasta dos veces el contenido de esta conversación, siendo respondida por la Guardia Civil que esa llamada “no tenía contenido” y después que esa conversación “no se produjo”, según explicó. Sin embargo, la letrada sostiene que la factura telefónica de Martínez Andreo recoge una llamada de algo más de un minuto de duración.

Así las cosas, el magistrado Juan del Olmo, que presidía el tribunal, tras mostrar su preocupación, hizo un receso para analizar la situación, tras lo cual informó que se suspendía la sesión y que al día siguiente se informaría en un auto judicial sobre qué hacer ante esta situación. El propio fiscal al parecer afirmó no haber escuchado todas las conversaciones sino solo las trascritas por la UCO y reconoció el legítimo derecho a que las partes tuvieran acceso a toda la información.

Auto judicial

Al día siguiente, la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Murcia declaró la nulidad de las actuaciones llevadas a cabo desde el auto de agosto de 2011 del Juzgado de Instrucción de Totana de apertura de juicio oral. En el auto de la Audiencia Provincial se indica que el Juzgado “parece que no aseguró” la entrega de las grabaciones telefónicas realizadas por la UCO en su integridad a los acusados, a lo que tenían derecho. La Audiencia indica que la defensa de Martínez Andreo ya solicitó en su día la entrega de las grabaciones en audio en su totalidad “sin que conste documentado que el Juzgado rechazara la aseveración de no haber entregado la totalidad de las actuaciones, incluidos los soportes audio de las intervenciones telefónicas, o hubiera acordado su entrega”.

La sala considera que “las circunstancias analizadas han generado efectiva indefensión, por cuanto se imposibilita que un medio de prueba, en principio, legítimamente obtenido, pueda ser utilizado como tal en las condiciones exigidas constitucional y legalmente”.

Tras analizar las diferentes opciones planteadas para resolver la cuestión, el tribunal llega al convencimiento de que la procedente es la declaración de nulidad de lo actuado con posterioridad al auto de apertura del juicio oral, por lo que acordó la devolución de la causa al Juzgado de Instrucción número 1 de Totana para que salve la omisión cometida.

La Audiencia recalca que este órgano jurisdiccional debe asegurar “especialmente” que los soportes de audio de las intervenciones telefónicas lleguen a las defensas.

Ante esta nueva situación, la celebración del juicio se va a retrasar ya que, ahora, los letrados de los acusados tendrán la posibilidad de replantear su defensa e incluso de proponer nuevas pruebas.

El tiempo que se va a demorar el proceso no se sabe a ciencia cierta puesto que ahora el caso vuelve al Juzgado de Instrucción número 1 de Totana que tendrá que dar copia a todas las partes de las grabaciones de los pinchazos telefónicos y deberá dejar un tiempo para que éstas lo estudien y en función de estas pruebas presenten sus escritos de defensa. Incluso, los abogados podrían solicitar nuevas diligencias, lo que retrasaría aún más la causa.

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Imagen del pasado 4 de febrero
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El ex-alcalde y su abogado atienden a los medios a la salida de la Audiencia
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Uno de los imputados y su abogada a la salida de la Audiencia Provincial
Totana.com